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Ley Anti-Trapitos: se endurecen las penas que pueden incluir hasta la cárcel

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobó una reforma al Código Contravencional, impulsada por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, que propone sanciones más duras y establece días de detención, de cumplimiento efectivo, contra los cuida coches y limpiavidrios.

La flamante medida, que lleva el número 6961, también aumenta las sanciones para los clubes u organizaciones que impulsen o participen de la cuestionada actividad. 

 A partir de esta modificación, aprobada por mayoría con treinta y seis votos afirmativos, se amplía la posibilidad de control por parte del Gobierno de la Ciudad, se prolongan los horarios de prohibición en eventos masivos y se autoriza a la Policía porteña a detener a los trapitos que extorsionen a los vecinos y a las vecinas, apropiándose del espacio público.

A propósito de esta decisión de la Legislatura de la CABA, Jorge Macri, expresó: “Lo dije desde el primer día…​los trapitos son una mafia, se creen dueños de la calle y viven de extorsionar a los porteños…Ahora los metemos presos…Con los delincuentes, tolerancia cero”.

El Dato

Entre mayo de 2025 y mayo de 2026 se llevaron a cabo 13.149 contravenciones. Pero no alcanzó… “¿Cuánto le importa una multa a un trapito?… Se le ríen en la cara a la Policía”, comentó Macri, luego de presentar el proyecto, que finalmente votó la Legislatura. 

Las multas se modifican de acuerdo con el contexto y el nivel de organización. Los trapitos y los limpiavidrios serán detenidos en eventos de características masivas o cuando se los detecte en  las calles de la Ciudad, a continuación las especificaciones:

En eventos masivos: cuando pueda ser demostrada  la existencia de una organización previa o una banda organizada, las penas serán de veinte a cincuenta  días de detención.

Cuidacoches en las calles: se prevé la detención por entre diez a treinta días para quien cuide coches de forma ilegal en cualquier calle o lugar de la Ciudad.

Jefes, organizadores o promotores: podrán ser sancionados con  hasta sesenta  días de cárcel.

Contra los aprietes: las penalidades se duplican ante hechos de violencia o acoso generalizado en las calles. Según el Artículo 1ºde la Ley recientemente sancionada: “Cuando la conducta esté basada en la desigualdad de género o sea realizada con intimidación y/o persistencia y/o cometida aprovechando la vulnerabilidad del conductor o del entorno (…) la pena se elevará al doble”.

Trabajo comunitario y multas: los días de “utilidad pública” o trabajo comunitario que se pueden agregar como pena pasan de dos a un período de veinte a cuarenta y cinco días.

¿Con relación a las multas económicas?

Antes iban de $50.000 a $285.000, ahora, se elevan notablemente, estableciéndose a partir de $1.139.988-1.200 a 7.000 UF-.

Quita de planes sociales: todos aquellos que actúen de manera organizada en eventos masivos podrán ser inhabilitados por hasta dos años en cuanto a la recepción de  programas sociales, subsidios o beneficios estatales de la CABA.

El control sobre los eventos masivos será mucho más estricto:

El Alcance: la prohibición y las nuevas penalidades serán aplicadas a cualquier tipo de convocatoria que se realice en el territorio porteño- antes eran únicamente encuentros deportivos o artísticos masivos-.

Radio Extendido: el área de prohibición y control se amplía hasta cincuenta  cuadras a la redonda de donde se lleve adelante el evento.

Mayor Cobertura Horaria: los controles ya no comenzarán tres horas antes y finalizarán dos  horas después. A partir de los cambios introducidos al Código Contravencional, la prohibición estará activa desde seis horas antes del inicio del evento y hasta tres horas después del final.

Sanciones para Clubes e Instituciones: la Ley además tiene como objetivo cortar los vínculos de financiamiento o complicidad institucional.

Si se demuestra que los integrantes de un club, institución u organizador participan directa o indirectamente de la actividad ilegal, el GCBA podrá aplicar las siguientes medidas:

-Se Duplican las Multas: el castigo económico pasa de 10.000 UF a 20.000 UF, lo que equivale a un salto de $10 millones a aproximadamente $20 millones.

–Clausuras Prolongadas: las penalizaciones edilicias y de funcionamiento para las instituciones serán de hasta noventa  días de clausura, cuando hasta este momento eran de un máximo de treinta días.

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