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Decreto de Jorge Macri: ante un paro, subtes, colectivos, y recolección de residuos deberán garantizar servicios mínimos

El GCBA dispuso que ante una medida de fuerza sindical, los servicios de subtes, colectivos y recolección de residuos deberán asegurar los niveles mínimos de la actividad, entre el cincuenta y el setenta y cinco por ciento de  su desempeño operativo. 

La propuesta tiene por objetivo neutralizar las consecuencias de los paros sobre sectores considerados críticos, ya que perjudican el día a día de los vecinos, vecinas y de quienes trabajan, estudian o atienden su salud en la CABA.

A propósito de los alcances del decreto firmado, el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, expresó: “Se terminó la extorsión de un grupo de sindicalistas que usan a millones de porteños como rehenes para defender sus privilegios…Firmamos un decreto para que nunca más una minoría organizada pueda paralizar toda una Ciudad: subtes, recolección de residuos y colectivos de la Ciudad deberán garantizar niveles mínimos de servicio ante medidas de fuerza…Ley y Orden”. 

El decreto de Macri lleva la firma de los Ministros de Movilidad e Infraestructura, Pablo Bereciartúa; de Justicia, Gabino Tapia; y del Jefe de Gabinete de Ministros, Gabriel Sánchez Zinny.

Los Detalles

Esta medida suscribe las modificaciones de la Ley de Modernización Laboral 27.802 que especifica qué sectores son “esenciales” y cuáles tienen  que ver con “actividades de importancia trascendental”, de allí surge la obligatoriedad de cumplir con los  servicios mínimos que van del 50% al 75%.

De esta forma, la norma impide el cese total de las prestaciones frente a conflictos gremiales.

Con respecto a las empresas de recolección de residuos, como servicio esencial, tendrán que  asegurar una cobertura mínima del 75%.

En cuanto al transporte público de pasajeros-colectivos, subte y Premetro-, fue calificado como un servicio de “importancia trascendental”, dado su protagonismo estratégico dentro de la movilidad urbana. En tal sentido, el decreto  dispone, que ante una huelga o reclamo sindical,  deberá ofrecer una prestación mínima del 50%. 

La decisión del Ejecutivo Porteño, se impondrá  de forma  individual en cada una de las Líneas de Subte y del Premetro, como con respecto a la totalidad de  las líneas de colectivos que se desplazan únicamente a través del  territorio de la Ciudad de Buenos Aires, cuya autoridad  regulatoria y de fiscalización, fue encarada de manera exclusiva por el Estado porteño.

La puesta en marcha de la normativa

El  Decreto instruye a la empresa estatal Subterráneos de Buenos Aires, SBASE, para que defina  junto a la empresa concesionaria Emova Movilidad S.A, las características  operativas sobre las cuales se garantizará la circulación de los trenes.

Paralelamente, la Secretaría de Trabajo y Empleo, área que depende del Ministerio de Justicia de la Ciudad, recibió la orden de arbitrar los medios que sean  necesarios, para convocar a las partes involucradas, para respaldar el preciso acatamiento de los porcentajes establecidos por la disposición vigente.

Por medio de  la Ley de Modernización Laboral de la Nación, se incorporaron modificaciones al artículo 24 de la Ley nacional  Nº 25.877, que reglamenta los convenios colectivos de trabajo que pueden impactar en los servicios esenciales o actividades de importancia trascendental, y establece garantías para el funcionamiento de los servicios mínimos perjudicados.

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