El Ministerio de Salud de la Nación derogó la posibilidad de presentar fotos de recetas médicas enviadas por correo electrónico o WhatsApp, restableciendo la necesidad de contar con la versión impresa. La medida busca promover el uso de recetas electrónicas emitidas a través de software oficial, en cumplimiento con la Ley 27.553. Aunque se eliminan las recetas en formato fotográfico, se mantiene la opción de recibir recetas digitales por correo electrónico para facilitar el acceso a medicamentos y tratamientos.
El Ministerio de Salud de la Nación, mediante la Resolución 3622/2022 publicada en el Boletín Oficial, ha revocado la validez de las recetas médicas en formato fotográfico enviadas por correo electrónico o WhatsApp. Esta modalidad, implementada durante los primeros días de la pandemia en marzo de 2020, ha sido dejada sin efecto, estableciendo que solo serán aceptadas las recetas digitales emitidas a través de software oficial.
La Resolución 3622/2022 deroga la Resolución 696/2020 del 31 de marzo de 2020, la cual permitía la prescripción en formato de mensaje de texto o a través de aplicaciones de mensajería, dentro del marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) vigente en ese momento.
A partir de ahora, las recetas médicas válidas son exclusivamente las recetas electrónicas o digitales que se ajusten a los parámetros establecidos por la Ley 27.553, aprobada por el Congreso de la Nación en agosto de 2020.
Según fuentes oficiales del Ministerio de Salud encabezado por Carla Vizzotti, ya no será posible presentar o enviar fotos de recetas en papel por correo electrónico, ni recetas enviadas por WhatsApp. Estas modalidades carecen de validación de la firma y matrícula del profesional que las emite.
No obstante, se mantiene la opción de utilizar recetas digitales emitidas a través de software oficial registrado ante las autoridades sanitarias. Estas recetas cuentan con mecanismos de seguridad digital y trazabilidad, permitiendo conocer quién la emitió y dónde fue presentada.
La Ley 27.553 establece que las prescripciones médicas pueden ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales en todo el territorio nacional. Además, se permite el uso de plataformas de teleasistencia en salud que cumplan con los requisitos técnicos y legales.
Es importante destacar que la derogación de las recetas en formato fotográfico no implica que los pacientes que solían utilizar esta modalidad, especialmente aquellos con tratamientos oncológicos o enfermedades crónicas no transmisibles, deban acudir físicamente al consultorio médico para obtener una receta en papel. Por el contrario, podrán recibir recetas digitales emitidas a través de software oficial por correo electrónico y presentarlas en la farmacia o centro de salud correspondiente.